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Los Derechos de los Estudiantes
Con Discapacidades

¿Cómo protege la ley a los estudiantes con discapacidades?

La primera legislación importante que protege a los estudiantes de colegio y universidad con discapacidades fue el Acta de Rehabilitación de 1973?en particular, la Sección 504 de ese estatuto.

De acuerdo con la Sección 504, una persona calificada con una discapacidad no puede, "solamente por la razón de su discapacidad, ser excluido de la participación en, negársele los beneficios de, o estar sujeto a discriminación bajo cualquier programa o actividad que reciba ayuda económica federal".

El término "programa o actividad" incluye todas las operaciones de un colegio, universidad, u otra institución post secundaria. Como beneficiario de los fondos federales, el Distrito de Colegios Comunitarios del Condado Maricopa está sujeto a los requisitos de la Sección 504.

Casi veinte años después de que se aprobara el Acta de Rehabilitación, el Congreso promulgó el Acta para los Americanos con Discapacidades (ADA). El ADA sostiene que "Ningún individuo será discriminado con base en la discapacidad para que disfrute plena y equitativamente de las instalaciones públicas". Un "lugar de educación" es considerada una instalación pública bajo el ADA.

Además, el ADA requiere que los exámenes o cursos para obtener licencias, certificados o credenciales para propósitos de educación post secundaria, sen ofrecidos "en un lugar y forma accesible para personas con discapacidades u ofrezcan arreglos alternativos accesibles para tales individuos".

¿Qué es una discapacidad?

Bajo las leyes federales, como la Sección 504 y el ADA, una discapacidad es un problema físico o mental que limita considerablemente una o más de las actividades principales en la vida de una persona, antecedentes de un problema, o se considere que tiene tal problema.

Tanto la Sección 504 y el ADA excluyen ciertas condiciones de lo que puede ser considerada una discapacidad. Las apuestas compulsivas, cleptomanía, y piromanía no se consideran discapacidades bajo ningún estatuto. Además, travestismo, transexualismo, pedofilia, y "otros trastornos de comportamiento sexual" no se pueden presentar como discapacidades.

Algunas veces, las decisiones de la corte o reglamentos de una agencia federal se pueden tomar en cuenta para determinar si una condición particular es una discapacidad. Por ejemplo, algunas cortes han sostenido que la obesidad puede ser una discapacidad bajo el ADA. Algunas agencias federales han determinado también que "las enfermedades emocionales o mentales" y "las discapacidades específicas del aprendizaje" se pueden considerar discapacidades bajo la Sección 504.

La primera legislación federal que protegía los derechos de las personas con discapacidades (como el Acta de Educación de los Discapacitados de 1970) catalogó a esas personas como "discapacitadas". Pero desde que se aprobó el ADA, el Congreso eliminó el uso de ese término. Actualmente, casi todas las legislaciones de ese tipo se refieren a esas personas como individuos con discapacidades.

¿Cuál es la obligación de una institución hacia los estudiantes con discapacidades?

En general, la Sección 504 sostiene que ningún estudiante elegible con una discapacidad puede ser excluido de participar en, negarle los beneficios de, o ser sujetos a discriminación bajo cualquier programa académico, de entrenamiento ocupacional, de seguro de salud, consejería, ayuda económica, educación física, deportes, recreación, transporte o programa extracurricular.

Un estudiante elegible es un estudiante que cumple con los requisitos regulares académicos y técnicos de admisión o participación en el programa o actividad de educación de la institución.

Quizá alguna institución necesite modificar ciertos requisitos académicos para asegurar que los estudiantes no sean discriminados con base en sus discapacidades. Tales modificaciones pueden incluir cambios en la duración del tiempo permitido para cumplir con los requisitos del grado, la sustitución de cursos específicos que se requieren para terminar el grado y cambios en la manera en la cual se conducen ciertos cursos.

Cualquier requisito académico que sea esencial para el programa de instrucción, sin embargo, no se considerará generalmente discriminatorio y por lo tanto, no estará sujeto a modificaciones.

Para asegurarse aún más en contra de la discriminación con base en la discapacidad?especialmente una que constituya un problema sensorial, manual o habilidades para hablar?una institución puede poner a disposición ayudas auxiliares, tales como textos grabados, intérpretes, lectores, equipo especialmente adaptado y servicios y acciones similares.

¿Cuáles son mis derechos como estudiante con una discapacidad en los Colegios Comunitarios de Maricopa?

El Distrito de Colegios Comunitarios de Maricopa no discrimina con base en discapacidad en la solicitud, admisión, participación, acceso o tratamiento de personas en cualquiera de los programas y actividades de instrucción de Maricopa.

A los estudiantes de los Colegios Comunitarios de Maricopa, que sientan que han sido víctimas de discriminación con base en la discapacidad, se les exhorta para que usen los procedimientos internos de quejas del Distrito. La información en relación con estos procedimientos, así como las formas para quejas, están disponibles en la oficina de Servicios al Estudiante del colegio y en el Departamento de Servicios Legales del Distrito. Los estudiantes también pueden interponer quejas con las agencias de gobierno apropiadas, tales como la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de EU.



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Contact Pete Kushibab @ 480.731.8878

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